Como continuación de los contactos mantenidos para determinar el alcance de las medidas del Estado de Alarma en cuanto al mantenimiento de la saludo de los caballos, adjuntamos a esta información la consulta formulada y la respuesta obtenida de la Administración Central.
A la luz de la misma:
– La alimentación y el mantenimiento básico de la salud de los caballos será el principal objetivo.
– Para ello será posible el movimiento necesario de los caballos que evite el perjuicio de su salud.
– Este movimiento será efectuado por el personal habitual de mantenimiento de las instalaciones deportivas siempre que sea viable, o sus propietarios en caso de que lo anterior no sea posible.
– Cualquier circulación de personas a este fin estará a lo dispuesto en el Real Decreto 464/2020, de 14 de marzo, evitando todos los desplazamientos innecesarios.
– Asimismo, deberán ser los Servicios Veterinarios o de Salud Animal de cada Comunidad Autónoma quienes, en coordinación con los centros ecuestres, concreten estos protocolos.
* Incluimos anexo en PDF adjunto.